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Eliminación del limite de edad para opositar como enfermera militar
Defensa acaba con los límites de edad para ingresar como enfermeros militares.
El nuevo reglamento de acceso ha eliminado el tope máximo en todos los Cuerpos Comunes, en los de Intendencia y en los de Ingenieros, tras sentencias desfavorables del Tribunal Supremo
Requisitos específicos de edad
Los específicos de edad limitan la participación desde los 18 años.
Y como edades máximas no se deberá cumplir ni haber cumplido en el año en que se publique la correspondiente convocatoria las edades siguientes:
Para la incorporación a la escala de Oficiales de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas (enfermeros militares 2022)
- Ingreso directo para adquirir la condición de militar de carrera:
-
Promoción para cambio de escala y cambio de cuerpo: sin limite de edad máxima, excepto los Militares de Complemento de la Ley 19/1999 de 18 de mayo que son 40 años.
Para adscribirse como militar de complemento a las diferentes escalas de oficiales.
- 30 años, excepto para Cuerpo Militar de Sanidad Especialidad Medicina sin especialidad 33 años y con especialidad 37 años.
Concretamente, “se suprime la edad máxima para el ingreso, tanto por acceso directo como por promoción, a la totalidad de los Cuerpos Comunes, así como a los Cuerpos de Intendencia y de Ingenieros de los Ejércitos y la Armada”. Eso sí, se añade a continuación que “la anulación de los límites de edad, prevista en los apartados anteriores, no debe ir en detrimento del nivel de exigencia física asociado al perfil de egreso de los diferentes centros formativos, necesario para el desempeño de las funciones propias de los primeros empleos de cada escala”.
El valor de un título. Si eres titulado universitario con grado o diplomatura en enfermería, las Fuerzas Armadas te ofrecen una gran oportunidad de desarrollo profesional y personal. Puedes vincularte profesionalmente como militar de carrera o como militar de complemento.
Los requisitos más importantes son:
- Poseer la nacionalidad española o en el caso de los aspirantes a militar de complemento, como oficial médico, la de alguno de los países que figura en el anexo II del Reglamento de Ingreso y Promoción, que puedes descargarte en esta misma página, cumpliendo además los requisitos específicos del artículo 15.2 del mismo reglamento.
- No estar privado de los derechos civiles.
- Carecer de antecedentes penales.
- Carecer de inserciones o tatuajes que puedan ser contrarios a los valores constitucionales o atentar contra la imagen de las Fuerzas Armadas.
El TS anuló las de Intendencia, Jurídico e Intervención
La normativa original de Defensa, aprobada en 2010, ha ido modificándose en parte entre decretos y sentencias.
El Tribunal Supremo decidió el 9 de mayo de 2014 declarar nulo el límite de edad máxima “para participar en los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación con el fin de incorporarse, por ingreso directo, a las escalas de oficiales de los Cuerpos de Intendencia del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército de Aire, del Cuerpo Jurídico Militar y del Cuerpo Militar de Intervención”.
Opositores al Cuerpo Militar de Sanidad llevan años presionando para que el Ministerio de Defensa entienda que esa anulación judicial de la edad máxima para entrar en los cuerpos Jurídico, de Intendencia y de Intervención se debe extender, por analogía, a los médicos militares.