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Anexo:Estructura de la Sanidad Militar de España

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La estructura del Cuerpo de Sanidad Militar de las Fuerzas Armadas de España está regulada por la Instrucción 2/2013, de 15 de enero, de la Subsecretaria de Defensa, por la que se asignan funciones y cometidos en el ámbito de la Inspección General de Sanidad de la Defensa y se describe su estructura orgánica.

Esta estructura es la siguiente:

Coat of Arms of the Spanish Defence Medical Inspector General's Office.svg Inspección General de Sanidad de la Defensa (IGESANDEF)

Coat of Arms of the Spanish Armed Forces Health Operating Command.svg Jefatura de Sanidad Operativa (JESANOP). Estado Mayor de la Defensa.1
Coat of Arms of the Spanish Medical School.svg Escuela Militar de Sanidad (EMISAN)-Centro Universitario de la Defensa Madrid. Dependiente de la DIGEREM.
Emblem of the Spanish Air Force Aerospace Medicine Training Centre.svg Centro de Instrucción de Medicina Aeroespacial (CIMA). Dependiente del Mando de Personal del Ejército del Aire.2

Véase también[editar]

Referencias[editar]

Instrucción 2/2013, de 15 de enero, de la Subsecretaria de Defensa, por la que se asignan funciones y cometidos en el ámbito de la Inspección General de Sanidad de la Defensa y se describe su estructura orgánica. El artículo 13 del Real Decreto 454/2012, de 5 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, asigna a la Inspección General de Sanidad de la Defensa la planificación y desarrollo de la política sanitaria, el asesoramiento de los órganos superiores del Departamento en materia de sanidad militar y, en particular, entre otras funciones, gestionar la red sanitaria militar y la ordenación farmacéutica. La orden Ministerial 141/2001, de 21 de junio, establece las funciones y estructura de la Psicología militar y, en la actualidad, la asignación de funciones y cometidos en el ámbito de la Inspección General de Sanidad de la Defensa y la descripción de su estructura orgánica viene regulándose por la Instrucción 5/2003, de 24 de enero, del Subsecretario de Defensa. Con posterioridad, la Orden PRE/2373/2003, 4 de agosto, modificada por Orden PRE/437/2011, de 21 de febrero, reestructuró los órganos médico periciales de la Sanidad Militar y aprobó los modelos de informe médico y cuestionario de salud para los expedientes de aptitud psicofísica. Asimismo, la Orden Ministerial 23/2011, de 27 de abril, modificada por Orden Ministerial 62/2012, de 10 de septiembre, aprobó las normas para la valoración de la aptitud médica del personal de las Fuerzas Armadas con responsabilidad de vuelo y creó la Junta Médico Aeronáutica. Finalmente, la Orden Ministerial 17/2012, de 15 de marzo, reguló la estructura de la Red Sanitaria Militar. Por lo expuesto anteriormente, y debido a las modificaciones orgánicas y estructurales llevadas a cabo en las Fuerzas Armadas durante los últimos años es necesario sustituir la Instrucción 5/2003, de 24 de enero, de esta Subsecretaría de Defensa, para adaptar la estructura de la Inspección General de Sanidad de la Defensa a las actuales necesidades, integrando, en una sola Subinspección General de Ordenación Sanitaria, las anteriores Subinspección General de Sanidad Asistencial y Subinspección General de Sanidad Logístico-Operativa y transformando las anteriores Jefaturas de Apoyo y Ordenación Farmacéutica y de Apoyo Veterinario en Subinspecciones Generales con la misma denominación. El artículo 21 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común establece que los órganos administrativos podrán dirigir las actividades de sus órganos jerárquicamente dependientes mediante instrucciones. En su virtud, DISPONGO: Primero. Finalidad. Esta instrucción tiene por finalidad describir la estructura orgánica de la Inspección General de Sanidad de la Defensa (IGESANDEF) y asignar funciones y cometidos a las unidades que componen esa estructura. Segundo. Estructura orgánica. 1. Para el ejercicio de las competencias que el Real Decreto 454/2012, de 5 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, le asigna, la IGESANDEF adopta una estructura orgánica constituida por: a) La Subinspección General de Ordenación Sanitaria. b) La Subinspección General de Apoyo y Ordenación Farmacéutica. Núm. 18 Viernes, 25 de enero de 2013 Sec. I. Pág. 1865 CVE: BOD-2013-018-1865 BOLETÍN OFICIAL DEL MINISTERIO DE DEFENSA c) La Subinspección General de Apoyo Veterinario. d) La Unidad de Apoyo Psicológico. 2. Como unidades auxiliares y de apoyo, para facilitar la coordinación del funcionamiento de la IGESANDEF y con responsabilidad en las funciones comunes y en las no específicas del resto de la estructura, el Inspector General de Sanidad cuenta con las siguientes: a) El Área de Dirección. b) La Jefatura de Administración Económica. c) La Asesoría Jurídica. Tercero. Área de Dirección. Bajo la dependencia directa del Inspector General de Sanidad de la Defensa, es la unidad auxiliar de estudio y asesoramiento para la coordinación general de las actividades de la IGESANDEF. En particular le corresponde la gestión de los sistemas de información sanitaria, la coordinación de investigación y desarrollo y, en general, la gestión de recursos humanos en el ámbito de la IGESANDEF y la tramitación y coordinación de convenios en materia sanitaria. Cuarto. Jefatura de Administración Económica. Bajo la dependencia directa del Inspector General de Sanidad de la Defensa, es la unidad de asesoramiento en asuntos de carácter económico-financiero, y responsable de la gestión de la contratación, la contabilidad y la administración de los recursos financieros puestos a disposición de dicha autoridad como centro de responsabilidad del gasto. En particular le corresponde el planeamiento presupuestario, la coordinación de la administración de los recursos financieros, la contabilidad del inventario de los centros de origen del gasto y las inspecciones y revistas a los mismos. Quinto. Asesoría Jurídica. 1. Bajo la dependencia orgánica del Inspector General de Sanidad de la Defensa y funcional de la Asesoría Jurídica General de la Defensa, es la unidad de asesoramiento jurídico en el ámbito de sus competencias. 2. Sus funciones se ajustarán a lo dispuesto en la Instrucción 138/1998, de 15 de junio, del Subsecretario de Defensa, por la que se establecen los principios de actuación en relación con el asesoramiento jurídico en el Ministerio de Defensa y a lo que determine el Asesor Jurídico General de la Defensa. Sexto. Subinspección General de Ordenación Sanitaria. 1. Bajo la dependencia directa del Inspector General de Sanidad de la Defensa, se encarga de las funciones de la IGESANDEF en el ámbito asistencial, pericial y logístico-operativo. 2. Tiene, entre otras, las funciones siguientes: a) Elaborar estudios y propuestas, tanto de material como de recursos humanos, sobre la Sanidad Militar en sus aspectos médicos, odontológicos y de enfermería, de acuerdo tanto con los requisitos operativos establecidos en el planeamiento de la defensa militar como en el ámbito de la sanidad asistencial b) Gestionar los apoyos sanitarios logístico-operativos en su campo de acción, según las directrices recibidas del Jefe de Estado Mayor de la Defensa y en su caso, del Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire. c) Dirigir y coordinar las actividades de medicina preventiva y médico-pericial. d) Coordinar las acciones necesarias para la activación y adiestramiento de las unidades sanitarias de los terceros escalones, manteniendo la capacitación técnica del personal sanitario alistado en las mismas. e) Establecer las relaciones con organismos internacionales que les encomiende el Inspector General de Sanidad de la Defensa. Núm. 18 Viernes, 25 de enero de 2013 Sec. I. Pág. 1866 CVE: BOD-2013-018-1866 BOLETÍN OFICIAL DEL MINISTERIO DE DEFENSA f) Proponer y elaborar los convenios en materias de su competencia. g) Coordinar la gestión de la Red Hospitalaria de la Defensa, controlando la calidad de los servicios sanitarios. h) Asesorar y colaborar con las otras especialidades del Cuerpo Militar de Sanidad en los apoyos NBQ-R. 3. De esta subinspección general dependen orgánicamente: a) La Red Hospitalaria de la Defensa. b) Las clínicas militares. c) El Instituto de Medicina Preventiva de la Defensa. d) El Centro de Instrucción de Medicina Aeroespacial. e) El Centro de Transfusión de las Fuerzas Armadas. f) Los órganos médico periciales. Séptimo. Subinspección General de Apoyo y Ordenación Farmacéutica. 1. Bajo la dependencia directa del Inspector General de Sanidad de la Defensa, se encarga de las funciones de la IGESANDEF en el ámbito farmacéutico. 2. Tiene, entre otras, las funciones siguientes: a) Elaborar estudios y propuestas de interés farmacéutico. b) Gestionar la ordenación y la producción de elaborados farmacéuticos. c) Coordinar con los Ejércitos el apoyo farmacéutico según las directrices recibidas del Jefe de Estado Mayor de la Defensa y, en su caso, del Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire. d) Gestionar los recursos farmacéuticos correspondientes a la Red Sanitaria Militar. e) Controlar la producción, distribución, conservación, custodia y dispensación de medicamentos y productos sanitarios. f) Coordinar y gestionar los análisis realizados en el campo de la toxicología y la protección sanitaria en ambiente NBQ-R, así como en los ámbitos de la higiene laboral, toxicología industrial, pericial y clínica. g) Controlar, desde el punto de vista sanitario, todo lo referente a aguas. h) Proponer y Elaborar los convenios en materia sanitaria de su competencia. i) Establecer las relaciones con organismos internacionales que les encomiende el Inspector General de Sanidad de la Defensa. j) Asesorar y colaborar con las otras especialidades del Cuerpo Militar de Sanidad en los apoyos NBQ-R. 3. De esta subinspección general dependen orgánicamente: a) El Centro Militar de Farmacia de la Defensa. b) El Instituto de Toxicología de la Defensa. Octavo. Subinspección General de Apoyo Veterinario. 1. Bajo la dependencia directa del Inspector General de Sanidad de la Defensa, se encarga de las competencias de la IGESANDEF en asuntos veterinarios. 2. Tiene, entre otras, las funciones siguientes: a) Elaborar estudios y propuestas de interés veterinario. b) Coordinar y gestionar el apoyo veterinario en lo relativo a higiene, seguridad alimentaria, sanidad animal, sanidad ambiental, control de vectores y plagas, y prevención de zoonosis. c) Asesorar y colaborar con las otras Especialidades del Cuerpo Militar de Sanidad en los apoyos NBQ-R. d) Proponer y elaborar los convenios en materias de su competencia. e) Establecer las relaciones con organismos internacionales que les encomiende el Inspector General de Sanidad de la Defensa. Núm. 18 Viernes, 25 de enero de 2013 Sec. I. Pág. 1867 CVE: BOD-2013-018-1867 BOLETÍN OFICIAL DEL MINISTERIO DE DEFENSA f) Coordinar y gestionar los análisis para garantizar la seguridad alimentaria, la sanidad animal, así como la higiene y sanidad ambiental. 3. De esta subinspección general depende orgánicamente el Centro Militar de Veterinaria de la Defensa. Noveno. Unidad de Apoyo Psicológico. 1. Bajo la dependencia directa del Inspector General de Sanidad de la Defensa, se encarga de las funciones de la IGESANDEF en el ámbito psicológico. 2. Sus funciones se ajustarán a lo dispuesto en la Orden Ministerial 141/2001, de 21 de junio, por la que se establecen las funciones y estructura de la Psicología Militar. 3. Asimismo, realizará las siguientes funciones: a) Asesorar y colaborar con las otras especialidades del Cuerpo Militar de Sanidad en los apoyos NBQ-R. b) Proponer y elaborar los convenios en materias de su competencia. c) Establecer las relaciones con organismos internacionales que les encomiende el Inspector General de Sanidad de la Defensa. Disposición adicional primera. Órganos medico periciales de la Sanidad Militar. Los órganos médico periciales de la Sanidad Militar, reestructurados por la Orden PRE/2373/2003, de 4 de agosto, y modificados por la Orden PRE/437/2011, de 21 de febrero, y la Orden Ministerial 23/2011, de 27 de abril, están constituidos por la Junta Médico Pericial Superior, la Junta Médico Pericial Psiquiátrica, las Juntas Médico Periciales Ordinarias, la Junta Médico Aeronáutica y aquellas Juntas Médico Periciales Temporales que, en su caso, se activen. Asimismo, los órganos médico periciales de la Sanidad Militar se regirán por lo previsto en el artículo 12 de la Orden Ministerial 17/2012, de 15 de marzo, por la que se regula la estructura de la Red Sanitaria Militar. Disposición adicional segunda. Competencia sancionadora. Dentro de la estructura de la IGESANDEF, las competencias sancionadoras que corresponden a sus distintos órganos, con arreglo a lo dispuesto en la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, serán las siguientes: 1. Al Inspector General de Sanidad de la Defensa, las del artículo 31 de la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre. 2. Al Subinspector General de Ordenación Sanitaria, al Subinspector General de Apoyo y Ordenación Farmacéutica y al Subinspector General de Apoyo Veterinario, las del artículo 31 de la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre. 3. A los directores de los hospitales, a los jefes de los demás centros integrados en la Red Sanitaria Militar y al Jefe de la Unidad de Apoyo Psicológico, las de los artículos 31 ó 32 de la mencionada ley orgánica, en función de sus respectivos empleos. Disposición adicional tercera. Adopción de estructura orgánica. Conforme al artículo 10.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado, la adopción de la nueva orgánica descrita en esta instrucción se realizará a través de las modificaciones de las correspondientes relaciones de puestos de trabajo y relaciones de puestos militares, que en ningún caso, supondrán incremento en las dotaciones de personal civil y militar sobre las existencias actuales, ni incremento del gasto público. Disposición derogatoria única. Derogación normativa. Queda derogada la Instrucción 5/2003, de 24 de enero, del Subsecretario de Defensa, por la que se asignan funciones y cometidos en el ámbito de la Inspección General de Sanidad de la Defensa y se describe su estructura Orgánica. Núm. 18 Viernes, 25 de enero de 2013 Sec. I. Pág. 1868 BOLETÍN OFICIAL DEL MINISTERIO DE DEFENSA CVE: BOD-2013-018-1868 BOLETÍN OFICIAL DEL MINISTERIO DE DEFENSA Asimismo, quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta instrucción. Disposición final primera. Facultades de desarrollo. Se faculta al Inspector General de Sanidad de la Defensa para que, previo el cumplimiento de los trámites legales oportunos, adopte las medidas que sean necesarias para el desarrollo y ejecución de esta instrucción. Disposición final segunda. Entrada en vigor. La presente Instrucción entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Ministerio de Defensa». Madrid, 15 de enero de 2013.–La Subsecretaria de Defensa, Irene Domínguez-Alcahud Martín-Peñ

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